Este Municipio tiene aprobadas por el Ayuntamiento en Pleno, Ordenanzas Regulares de Actividades y Bienes, así como sus correspondientes
ordenanzas Fiscales, todas ellas públicas a través del Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.), entre ellas cabe mencionar como mas importantes:
- Ordenanza sobre Licencias de Obras.
- 2,5% Tasa de inicio
- 1% Tasa de licencia (Sobre la valoración que hace el técnico municipal de la obra.)
- Ordenanza fiscal reguladora sobre el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
- Incrementada con el coeficiente 1,27 sobre la tarifa mínima del
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
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- Ordenanza reguladora de la tasa por el Servicio de Alcantarillado, Agua y Recogida de Basura.
- Alcantarillado:
- Por cada vivienda o local de negocio: 20,00 € al año.
- Acometida de Agua Potable:
- Viviendas familiares, bares, cafeterías, hoteles, fondas, residencias, locales industriales y comerciales: 45,07 € al año.
- Suministro de Agua potable:
- Cuota fija por servicio 2,70 € el trimestre (IVA no incluido).
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- Tarifa para uso doméstico:
- De 00,00 a 15,00 m3 de consumo al trimestre, 0,12 € por cada m3 consumido.
- De 15,01 a 25,00 m3 de consumo al trimestre, 0,18 € por cada m3 consumido.
- De 25,01 a 35,00 m3 de consumo al trimestre, 0,30 € por cada m3 consumido.
- 35,01 m3o más de consumo al trimestre, 0,45 € por cada m3 consumido.
- Tarifa para uso comercial e industrial:
- De 00,00 a 25,00 m3 de consumo al trimestre, 0,15 € por cada m3 consumido.
- De 25,01 a 50,00 m3 de consumo al trimestre, 0,21 € por cada m3 consumido.
- 50,01 m3 o más de consumo al trimestre, 0,45 € por cada m3 consumido.
- Cuotas de acometida (sin IVA):
- Acometida de 13 mm. de diámetro: 100,00 €.
- Acometida de 20 mm. de diámetro: 153,86 €.
- Acometida de 25 mm. de diámetro: 192,32 €.
- Fianzas:
- Contador de 13 mm: 29,30 €.
- Contador de 20 mm: 45,97 €.
- Contador de 25 mm: 56,34 €.
- Ordenanza fiscal reguladora de Bienes de Naturaleza Urbana y Rústica (I.B.I.).
- El tipo de gravamen sobre la base estipulada para cada inmueble es de 0,57%.
- EL tipo de gravamen para fincas rústicas, es el 0,6%
- Tasas y precios públicos.
- Por ocupación de la vía pública: 0,50 € m2 y día.
- Por ocupación de la vía pública con puestos, casetas, atracciones, etc...: 2,50 € m2 y día.
- Tasa por expedición de documentos:
- Certificaciones: 2 €.
- Fotocopias: 0,20 € unidad.
- Concesiones y Licencias: 70,00 €.
- Certificados de condiciones urbanísticas: 12 €.
- Licencias de 1a ocupación: 30 €.
- Licencias de apertura: 120 €.
- Certificados de obra preexistente y licencias de segregación:
- 000 a 100 m2: 60 €.
- 101 a 200 m2: 100 €.
- 201 m2 en adelante: 200 €.
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